FINE
1 de abril de 2025
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EN FINE TE AYUDAMOS CON LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2024



EL 2 DE ABRIL SE INICIA LA CAMPAÑA DE RENTA 2024

Desde el 2 de abril y hasta el 30 de junio podrás presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2024

Como cada año, desde FINE te informamos de los aspectos más relevantes de esta campaña y comentamos los puntos más destacables a tener en cuenta.

Para acceder a los servicios fiscales, pincha aquí.

La AEAT ofrece varias modalidades de presentación:

Del 2 de abril al 30 de junio de 2025: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2024.
Del 6 de mayo al 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria podrá confeccionar tu declaración de Renta 2024 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio).
Del 2 de junio al 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria te podrá confeccionar tu declaración de Renta 2024 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio).
Hasta el 1 de julio. Declaración anual de Renta y Patrimonio 2024 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativa y a ingresar sin domiciliación del primer plazo: D-100, D-714
Hasta el 25 de junio. Declaración anual Renta y Patrimonio 2024 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta: D-100, D-714

TELÉFONOS DE AYUDA DE LA AEAT

Asistencia TELEFÓNICA:
para llamarte por teléfono y realizarte tu declaración de Renta 2024.


Cita disponible: desde el 29 de abril hasta el 27 de junio a través de:

- Internet con NIF/NIE o con Cl@ve, referencia, DNI electrónico o certificado electrónico.
-  App "Agencia Tributaria"
- Teléfono automático 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
- Teléfono de cita para Renta con atención personal 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.

Asistencia en OFICINAS: para atenderte en oficina y realizarte tu declaración de Renta 2024.

Cita disponible: desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio por las mismas vías, excepto el teléfono automático.

Puedes anular tu cita de Campaña de Renta 2024 por las mismas vías.

DESCARGA EL MANUAL DE LA RENTA 2024 EN ESTE ENLACE

CAMPAÑA RENTA 2024

OBLIGACIÓN DE HACER LA DECLARACIÓN

Se ha elevado el límite de 15.000 a 15.876 euros para la obligación de declarar en caso de percibir rendimientos del trabajo de más un pagador, siempre que del segundo y sucesivos pagadores se hayan obtenido más de 1.500 euros.

Para los restantes contribuyentes que obtengan rendimientos de trabajo el límite para declarar por la percepción de estos rendimientos se mantiene en 22.000 euros anuales.

Desde el 1 de enero de 2023, están en cualquier caso obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

INCREMENTO EN EL IMPUESTO SOBRE LA NÓMINA

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que se aplica desde 2024 para financiar las pensiones, aumentará su tipo impositivo al 0,8% en 2024, distribuido entre la empresa (0,67%) y el trabajador (0,13%).

RETRIBUCIÓN EN ESPECIE

Las cantidades percibidas en concepto de retribución en especie derivadas de préstamos hipotecarios sujetos a deducción por vivienda habitual, podrán incluirse dentro de la base de deducción.

Este hecho es aún desconocido por bastantes asesorías por lo que recomendamos comunicarlo a la hora de confeccionar tu declaración de la renta.

De esta manera, quienes aún disfruten de la deducción por vivienda habitual por su préstamo hipotecario en condiciones de empleado, podrán compensar parcialmente, esta pérdida de poder adquisitivo.

CUOTAS SATISFECHAS A SINDICATOS

Recuerda que las cuotas de afiliación a sindicatos son deducibles en tu declaración de renta, como "cuotas satisfechas a sindicatos", dentro del apartado de "rendimiento de trabajo". El importe pagado en este concepto debes incluirlo a mano ya que Hacienda no incorpora ese dato en el borrador.

NOVEDADES FISCALES 2024
 

PERSONAS EN PARO

Finalmente, tras el último cambio de criterio del Gobierno, las personas desempleadas no tendrán que presentar la declaración de la renta de forma obligatoria este año, pero sí tendrán que hacerlo en 2026, independientemente de que cumplan o no el importe mínimo exigible. En todo caso, podrán hacerla de forma voluntaria si les sale a devolver y les compensa.

No obstante, hay que recordar que si una persona en paro ha ingresado más de 22.000 euros en 2024 —15.876 si han tenido más de un pagador— o ha realizado una venta de inmuebles o acciones, sí tendrá que hacerla por esos rendimientos generados.

MUTUALISTAS

La disposición transitoria segunda (DT 2ª) de la LIRPF ofrece la posibilidad de reducir la cantidad a incluir como rendimiento del trabajo en la declaración de la renta de cada ejercicio cuando se perciban pensiones de jubilación o invalidez por aquellos mutualistas que hubieran realizado aportaciones a mutualidades, en todo caso en una fecha anterior a 1 de enero de 1999, y cuyas aportaciones no pudieron ser en su momento objeto de reducción o minoración en la base imponible. De esta forma se evita una doble tributación por dichas aportaciones. La reducción a aplicar varía dependiendo de la fecha en la que se realizaron las aportaciones y el tipo de mutualidad al que se hicieron las mismas. Puedes consultar el detalle en el siguiente enlace

*Novedad anunciada el 27/03/2025 aún no desarrollada: Desde el ministerio de Hacienda “se intentará impulsar un cambio normativo para acelerar al máximo estas devoluciones" con el objetivo que los contribuyentes con derecho a este reintegro reciban la devolución de una vez y en un solo pago este año 2025, en lugar de a lo largo de cuatro años -entre 2025 y 2028-, tal y como está estipulado actualmente.

CAMBIOS EN EL ALQUILER DE VIVIENDAS

Hasta ahora, tener una vivienda y ponerla en alquiler en el mercado como vivienda habitual implicaba una deducción del 60%. Este año, en la mayoría de comunidades autónomas habrá una deducción genérica del 50%, pero en las zonas declaradas como tensionadas —en 2024, solamente incluye a Cataluña— se aplicarán deducciones especiales:

- De hasta el 90% si se ha rebajado hasta un 5% el precio del alquiler
- Del 70% si se ha alquilado a jóvenes menores de 35 años
- Del 60% si se ha realizado una rehabilitación en el inmueble

Así lo indica la Agencia Tributaria en su web, en aplicación de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.

PLATAFORMAS DIGITALES

Este año, Hacienda controlará más los rendimientos obtenidos en las plataformas digitales. La novedad no es que el organismo vaya a obligar a los contribuyentes declarar estos ingresos —algo que ya instaba a hacer hasta ahora—, sino que también va a requerir a estas plataformas que reporten los datos de compraventa de servicios y artículos nuevos y de segunda mano. Lo harán mediante un nuevo modelo, el 238. Por su parte, los vendedores tendrán que reportar sus datos a estos portales.
 
A partir de esta campaña, los usuarios que operen en estos canales podrán recibir requerimientos si sus ventas superan los 30 productos a lo largo del ejercicio fiscal en una misma plataforma o cuando los ingresos sean mayores a los 2.000 euros —también pueden derivar de una única transacción.

DONACIONES

En esta campaña, el contribuyente podrá deducirse el 80% de los primeros 250 euros que haya donado a entidades oficiales —hasta ahora, era sobre los primeros 150 euros—. Además, para cuantías por encima de esa cifra, la deducción será del 40% —en vez del 35% vigente hasta ahora—, y si se han realizado donaciones a la misma organización en los dos años anteriores, el porcentaje aumenta al 45%. Se aplica también a las donaciones realizadas a entidades por la DANA

COMPENSACIONES FISCALES POR LA DANA

Dentro del plan de ayudas puesto en marcha por el Gobierno de España y el de la Comunidad Valenciana hay varios aspectos fiscales que afectarán directamente al bolsillo de la ciudadanía

Las indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros y las ayudas por daños materiales estarán exentas, salvo cuando superen el valor de adquisición del bien afectado, en cuyo caso se considerará ganancia patrimonial (aunque exenta de gravamen si la cuantía es inferior al total de ayudas).

Los autónomos que tributan en módulos y cuyas actividades se desarrollan en zonas afectadas por la catástrofe podrán beneficiarse de una reducción del 25% en el rendimiento neto de módulos del IRPF y en las cuotas del régimen simplificado del IVA. Además, podrán renunciar a este régimen y tributar por estimación directa simplificada sin cumplir las obligaciones formales específicas.

La exención del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de 2024 y la reducción del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). También se podrán deducir el 100% en los gastos de reparación por daños causados de forma directa y determinante por el temporal en la vivienda habitual, como indica el organismo.

DEDUCCIÓN POR EFICIENCIA ENERGÉTICA Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

En 2024 se mantiene la deducción por obras de eficiencia energética en viviendas habituales y en alquiler, con beneficios por reducción de demanda energética, consumo de energía primaria no renovable y rehabilitación energética de edificios.

También se prorrogan hasta 2025 las deducciones por adquisición de vehículos eléctricos y por instalación de puntos de recarga. Los particulares podrán deducirse un 15% sobre una base máxima de 20.000 euros para la compra de un vehículo eléctrico y un 15% sobre un máximo de 4.000 euros anuales para la instalación de cargadores.

NUEVAS FORMAS DE PAGO

Este año, si la declaración sale a pagar, por primera vez se permitirá hacerlo por Bizum. Además, se mantienen los métodos válidos hasta ahora, como la tarjeta bancaria, hacer una transferencia o un ingreso a cuenta y domiciliación


DESDE FINE TE AYUDAMOS CON ARAG (*)

Por estar afiliada o afiliado a FINE cuentas con el servicio de ayuda de ARAG* para resolver las dudas que te puedan surgir sobre las declaraciones de Renta y Patrimonio 2024. Para consultas, puedes llamar a los siguientes teléfonos: 902 090 836 / 934 858 900.
(*) Consulta las condiciones de acceso al servicio con tu organización sindical.
 


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